24 julio 2010

Lex iniusta non est lex

"El cardenal arzobispo de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal Española, Antonio María Rouco Varela, ha comentado hoy en Ávila que un gobernante "tiene que aplicar la ley" y si no lo hace "tendrá que renunciar a su cargo", en referencia a las reticencias iniciales de algunos presidentes autonómicos respecto a la aplicación de la Ley del Aborto (...) Al ser preguntado si entiende la postura de algunos presidentes regionales que en un principio se mostraron reticentes a aplicar la nueva Ley del Aborto, el cardenal ha aludido a las "responsabilidades morales y éticas que tiene un gobernante en relación con la ley vigente". "En un sistema jurídico como el nuestro, -el gobernante- tiene que aplicarla -la ley- y si no la aplica tendrá que renunciar a su cargo", ha argumentado, antes de añadir que "después hay que aplicarlo a situaciones concretas". Tras insistir en que un gobernante "en una democracia tiene la obligación de cumplir la ley" porque "no está por encima" de ella, Antonio María Rouco Varela ha puntualizado al respecto que "otra cosa es lo que hace con su conciencia ante una ley que es injusta". "Eso ya es un problema que habría que ver en cada caso cómo se resuelve" [Ávila Red].

Estas declaraciones del cardenal Rouco, hechas por el jurista, no el teólogo, han provocado una escandalera entre los sectores más ultramontanos de la iglesia española. Pero Rouco tiene razón, y tan sólo se le entiende mal porque sus palabras han sido extraídas del contexto en que las ha pronunciado (el académico) y se han expuesto al escrutinio de los legos y el vulgo, mal preparados para discernirlas.

Pocas cosas están inmunes a la opinión y los pareceres particulares. Este asunto de la obediencia al derecho, o peor, al derecho injusto (¿según quién?), no es una discusión de moda, sino que se debate, de modo ejemplar, desde el juicio, condena y muerte de Sócrates y de tantos otros inocentes que le han seguido (Thomas More y Dietrich Bonhoeffer son dignos de recordación). Hacer bien por mal es uno de los grandes temas que se discuten en el diálogo Gorgias, que todos los políticos del mundo debieran estudiar con los codos hincados en la mesa.

La obediencia a la ley no es un tópico más del derecho, sino que es su auténtico meollo. Si el derecho no se obedece... apaga y vámonos, diría (digo yo) el cardenal Rouco. Sobre el asunto han opinado ya todos los grandes juristas, filósofos y politólogos de los que se tiene noticia escrita. No se puede improvisar, ni comentar a la ligera. Uno debutó en la carrera con la ley del divorcio (la "ley de Fernández Ordóñez" de 1981) y tuvo ocasión de escuchar en la facultad la desazón que provocaba en algunos jueces consentir la disolución de matrimonios indisolubles. Se contaba en el aula la anécdota de aquel juez sevillano, católico a machamartillo, que en los considerandos de una sentencia, en una temprana causa de divorcio, decía: "Como hijo fiel de la iglesia católica, debo proclamar que el matrimonio es por naturaleza indisoluble según la ley de Dios... pero mi condición de magistrado juez me compele a declarar el matrimonio de los demandantes disuelto en aplicación del vigente código civil...".

En nuestros días, en España, es un caso ejemplar el que se llama del "Juez Calamita", inhabilitado por obstruir la aplicación de la ley, motivado al parecer en conciencia [El País]. Cuando el juez o funcionario se encuentra con un conflicto irresoluble entre la aplicación del derecho y su conciencia, los juristas pensamos que no le queda otra que renunciar al cargo, o al menos trasladarse a una posición menos expuesta (moverse de especialidad del derecho de familia a, por ejemplo, el derecho mercantil, le he oído decir a una profesora de la facultad, aunque tampoco el mercantil sea manco en asuntos de conciencia...). Si en conciencia no estás conforme con las leyes, no te metas a legislador o juez (y si eres pirómano... no te metas a bombero).

En alguna ocasión he estudiado el tema de la obediencia al derecho en el texto de una autoridad, el jurista español José Castán Tobeñas, en una serie de artículos publicados en 1944 (júzguese lo muy decantado del asunto) y reunidos en el magnífico libro Teoría de la aplicación e investigación del derecho (Madrid, ed. Reus, 1947, reed. 2005), que me parece de lo mejor que hoy puede leer y estudiar un jurista con mayúsculas en lengua española. Nuestro tema se expone en el epígrafe sobre "la función correctora en el ámbito de la investigación (ultrainterpretativa) del Derecho", al que remito al interesado (páginas 286-300), donde leemos:

"Si bien, de un lado, es ciertísimo, dentro de la concepción jurídica tradicional entre nosotros, que la ley injusta no es derecho, no es menos cierto, de otro, que en muchos casos deberá ser cumplida como si fuera derecho. Las exigencias de la justicia han de ser ponderadas, a través del más profundo sentido de responsabilidad histórica, con las exigencias de la seguridad. La teoría de la ley injusta no puede convertirse en instrumento de anarquía. Las leyes contrarias al bien común pueden seguir obligando, según reconoce la doctrina tomista, por razón del escándalo o del desorden que el incumplimiento de las mismas pudiera originar".

El cardenal Rouco, que puede parecer antipático por otros conceptos, está reconocido como un excelente y fino jurista. En esta ocasión lo ha demostrado, aunque debo lamentar que también haya dejado a la vergüenza pública, a la vista de todos, las muchas miserias del arte y ciencia del derecho. ¡Tengas pleitos y los ganes! En reconocimiento, muestro al cardenal en una imagen suya, en ademán tribunicio, con el típico gesto del orator clásico.

Otras opiniones: José Ignacio Calleja: "A ver si nos aclaramos, señor cardenal" [enlace]: "Ya entiendo lo que pasa. Una cosa es hablar para profesores y políticos, y otra para el pueblo llano. A aquéllos, las diferencias entre ley positiva, ley natural, y fe en el Dios de la Vida; a éstos, el fundamentalismo moral, para evitar problemas y dudas."

Y en este Majao: "Adversus Camino" [enlace].

14 comentarios:

  1. José Ignacio Calleja Sáenz de Navarrete no está tan conforme. Claro que él no es canonista. Con gesto mucho más humilde, no exento sin embargo de exigencia, advierte: A ver si nos aclaramos, señor cardenal

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  2. Desde luego es un tema complicado, y en esta cuestión en concreto (la ley del aborto) coincido con Rouco en que hay que aplicar la ley. Pero no acabo de ver que eso se convierta en principio general. Creo que eso de equlibrar las exigencias de la justicia con las de la seguridad puede llevarnos fácilmente por un camino peligroso, y estoy pensando ahora en las dictaduras en las que siempre se esgrime como excusa para obedecer la "obediencia debida" y que "me obligaron a hacerlo". A veces hay que pegar un puñetaño en la mesa y decir basta, sean cuales sean las consecuencias (dicho esto, claro, desde la comodidad de mi casita, bien alimentado y vestido). Saludos.

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  3. Gracias, Miguel Ángel, acabo de insertar el enlace del artículo de José Ignacio Calleja, al que suelo leer (muy inteligente, con mucho sentido común y humanidad).

    Kurtz75, cierto, tema complicadísimo, "aporético", como dicen los filósofos. ¿Qué hacer? Para mí, como habré ya comentado al menos un par de veces en este blog, la solución criminal (aplicar una pena civil a los abortistas) es un camino equivocado. La verdadera vía es la educativa. Pero hablar de educación en nuestro país (y con la educación no sólo me refiero a las escuelas, sino a todo el ambiente que educa: familia, diversiones, deportes, televisión, internet...), es para echarse a rodar. Pero es un mal endémico de todo occidente (España no es diferente).

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  4. Lapsus calami. Quería decir que hablar de la educación en nuestro país es para echarse a llorar, no "para echarse a rodar" (¿en qué estaría pensando?).

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  5. ¡Menos mal que los primeros cristianos no eran expertos en leyes! Si no, ¡fíjese que plan! Hoy no tendríamos mártires, porque claro, la obediencia debida y tal.

    Por cierto la cita de Santo Tomás está incompleta, en concreto dice esto:

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  6. Artículo 4: ¿Obliga la ley humana en el foro de la conciencia?

    Objeciones por las que parece que la ley humana no obliga en el foro de la conciencia.

    1. Una autoridad inferior no puede imponer la ley en un juicio sometido a una instancia superior. Mas la autoridad del hombre que sanciona la ley humana es inferior a la de Dios. Luego la autoridad humana no puede imponer su ley en un juicio divino, cual es el juicio de la conciencia.

    2. El juicio de la conciencia depende principalmente de los mandatos de Dios. Mas a veces las leyes humanas invalidan las leyes de Dios, según la expresión de Mt 15,6: Habéis anulado la palabra de Dios con vuestra tradición. Luego la ley humana no obliga al hombre en conciencia.

    3. Con frecuencia, las leyes humanas ocasionan ofensas y daños a las personas, según aquello de Isaías 10,1s: ¡Ay de aquellos que instituyen leyes inicuas y de los letrados que escriben prescripciones tiránicas, para oprimir en el juicio a los pobres y conculcar por la fuerza el derecho de los desvalidos de mi pueblo! Pero es lícito a todos evitar la opresión y la violencia. Luego las leyes humanas no obligan al hombre en conciencia.

    Contra esto: está lo que se lee en 1 Pe 2,18: Porque es grato a Dios quien por conciencia soporta las molestias, sufriendo injustamente.

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  7. A las objeciones:
    1. El Apóstol afirma, en Rom 13,1s, que toda autoridad humana viene de Dios y, por lo tanto, quien resiste a la autoridad, en cosas que caen bajo su poder, resiste a la autoridad de Dios. Y, como tal, se hace culpable en conciencia.
    2. El argumento parte de aquellas leyes humanas que disponen algo contrario a los mandamientos divinos. Mas no hay autoridad cuyo poder se extienda a tanto. Luego, en estos casos, la ley humana no debe ser obedecida.
    3. El tercer argumento hace hincapié en las leyes que imponen a los súbditos un gravamen injusto. Tampoco a esto se extienden los poderes concedidos por Dios; de modo que en estos casos el súbdito está dispensado de obedecer, siempre que pueda eludirlo sin escándalo y sin un daño más grave. "

    Es decir, que "las leyes pueden ser injustas porque se oponen al bien divino, como las leyes de los tiranos que inducen a la idolatría o a cualquier otra cosa contraria a la ley divina. Y tales leyes nunca es lícito cumplirlas, porque, como se dice en Act 5,29: Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres. "

    Por otra parte, hay Magisterio papal abundante respecto a esta cuestión.

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  8. ¿Qué ha querido decir Rouco? ¿Que en nuestro sistema se permiten leyes injustas y que, por ende, la única opción que queda es abandonar el cargo? ¿Que hay obediencia debida a la ley con lo que podría permanecer en el cargo?

    Pues nada, a animarse. Espero que mañana no fabriquen una ley cuyo contenido sea que, todos aquellos que posean un blog que empiece por A tengan que ir a la cárcel.

    O sea.

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  9. Videtur quod lex humana non imponat homini necessitatem in foro conscientiae (S.Th. 1-2 q.96 a.4).

    Tales leges (iniustae) non obligant in foro conscientiae: nisi propter vitandum scandalum vel turbationem, propter quod etiam homo iuri suo debet cedere.

    Castán no pretendía citar ad pedem litterae el artículo de Santo Tomás, sino simplemente evocar su doctrina, aunque la reproduce muy bien. Me quedo con su idea de que "la teoría de la ley injusta no puede convertirse en instrumento de anarquía". Para meditar.

    En los sistemas jurídicos modernos, obediencia y conciencia están separadas, y por tanto la pregunta de Santo Tomás ya no se entiende. A ningún contribuyente se le pregunta si, en conciencia, cree justo el impuesto que paga. Estaríamos perdidos.

    Si creamos focos de desobediencia (hoy por tal motivo, y mañana por tal otro), la amenaza de anarquía no es un flatus vocis. Pasado mañana, aquel o ese otro colectivo, más o menos numeroso, plantearía desobedecer las normas que no le gustan "en conciencia".

    Los sistemas jurídicos occidentales pueden ser insatisfactorios, pero por lo general, aseguran la defensa contra la arbitrariedad del poderoso. Aunque esto sea sólo un pío deseo.

    Isaac, me has dado idea para la próxima entrada o articulete. Lo escribiré por amor al arte, y en gracia a los pocos amigos que se asoman por aquí. En verano es mucho pedir reflexionar inclinado sobre el Aquinate.

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  10. Me he enterado hoy de que a partir de San Agustín se acuñó lo de que “La ley injusta no es ley”. Hasta ahora sólo conocía esto otro: “Dura lex, sed lex”. Es bueno aprender algo nuevo cada día.
    Sin embargo, mientras la segunda frase parece evidente, la primera no lo es tanto. Vamos, a mí me parece que no lo es en absoluto.
    Vete tú al guardia con el blog de denuncias en la mano a decirle que eso es injusto, que te añade asalto a la autoridad, mala educación y hasta pronunciación deficiente.

    Mientras escribo este comentario veo que has añadido otra reflexión a partir del Aquinate. Yo creo que sabía mucho, pero en estos tiempos invocarle no es de sentido, son otros tiempos y otras costumbres.

    Entre nosotros, y como dicen, “sotto voce”, Rouco en realidad está llamando a la rebelión, no a una renuncia humilde y pacífica. La democracia no la ha asimilado.

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  11. A Santo Tomás hay que leerlo y estudiarlo "en contexto". No se le puede traer y llevar, porque su doctrina es muy matizada. Pero aún hoy se le estudia en todo el planeta, por ser el heredero de la sabiduría antigua y bíblica.

    En cuanto a Rouco, ha dejado con tres palmos de narices a muchos fundamentalistas. Que propugne la rebelión, no lo acabo de ver.

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  12. No sea malo Joaquín. Santo Tomás se refiere a los gravámenes injustos. No es lo mismo un impuesto - el ejemplo que usted pone - que el derecho a matar a un hombre - el caso del aborto -. En este caso:

    "las leyes pueden ser injustas porque se oponen al bien divino, como las leyes de los tiranos que inducen a la idolatría o a cualquier otra cosa contraria a la ley divina. Y tales leyes nunca es lícito cumplirlas, porque, como se dice en Act 5,29: Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres. "

    Si hoy hay focos de desobediencia es porque la modernidad, al producir una escisión con lo anterior, tiene que recrearlo todo como si fuera nuevo. Si hay focos de desobediencia es porque hay leyes injustas.

    Si el poder viene de Dios, el gobernante tiene que responder ante Dios.

    Cambiando de tercio, hace tiempo usted recomendó un libro de Derecho Romano que era todo un clásico. ¿Se acuerda la referencia?

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  13. En España, el clásico es el "Derecho Privado Romano" de Álvaro d'Ors. La última edición revisada por el autor, la 10ª, es de 2004 (se reimprime con frecuencia). Edita EUNSA. Muy recomendable.

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